También se debe exigir que en la sentencia, el tribunal que resuelve el asunto, esclarezca el tema incidental de la extradición, abordando de manera específica, si lo permite su sistema gubernamental o si no se puede acceder, por faltar acuerdo inter- estatal para tales supuestos.
En la etapa preparatoria para la comparecencia decisiva, el abogado cumple del mismo modo muchas funciones, a ese fin, busca las pruebas precisas y que favorecerán a su defendido, prepara detalladamente la declaración del acusado, redacta los escritos o documentos que se requieren durante el proceso, analiza las pruebas y pretensiones punitivas del ministerio fiscal, las que, de encontrarlo necesario, rebatirá oportunamente, a fin de hacer caer la acusación, y en ocasiones hasta el prestigio y credibilidad de esta parte pública.
Ya en la cumbre del proceso, que es la audiencia final o juicio oral, la defensa debe, con apoyo de los elementos probatorios con anterioridad buscados, trabajar en la conciencia y convencimiento del jurado y de los magistrados que conforman la corte, esto naturalmente, lo hacen con apego absoluto a las normas penales y ética profesional durante el acto procesal.
Luego de concluir la corte el proceso por medio de la emisión de una resolución que, al momento de ser notificada a las partes, adquiere fuerza de cosa juzgada, y por tanto, solo puede ser por el abogado recurrida o interponer recurso contra ella, esto lo realiza cuando no existe acuerdo con la sentencia dictada por la corte, tanto en cuestiones de forma, como en contenido propio de fondo.
¿Qué clase de ayuda se les puede brindar a los nacionales presos en el exterior?
Los que son encarcelados en naciones diferentes a la suya, una vez que han sido juzgados y se ha concluido con resolución judicial el caso, por medio del mismo abogado que efectuó el derecho a su defensa, se realiza una petición de extradición, la que necesariamente se debe pedir solo en los supuestos de delitos de alta peligrosidad social, se requiere que ni el delito, ni la intensión en la extradición tenga vinculación política, que al ser extraditado el sujeto, se le tenga en cuenta la pena que ya ha sido cumplida, y por supuesto, para que se pueda consumar tiene que existir un tratado internacional que autorice este traslado de presos entre los Estados.
La solicitud de extradición, se motiva por razones, más que legales, sociales y en beneficio del encausado, pero igualmente defendidas por el letrado, como argumentos de imperatividad en la necesidad de que se efectúe esta acción, como pueden ser, la cercanía a sus familiares, las mejores condiciones carcelarias, la posibilidad de comunicarse, en caso que sea apresado en un país del que no domine el idioma, y la posibilidad de que al rebajarle la condena y cambiarle el régimen penitenciario, poder acceder a un trabajo en su propio territorio.
¿Qué seguimiento legal se les puede facilitar a los presos en el extranjero?
El tratamiento que continúa, incluso después de haber sido condenado, es siempre en beneficio del defendido, cuando la mitad de la pena ya ha sido cumplida y el individuo, ha presentado optima conducta, respeto y cierta reeducación, se le puede solicitar al juez de ejecución un procedimiento por medio del cual, el sujeto puede cambiar el régimen de prisión, pasando a concretizarse, la libertad condicional, o trasladarlo a un establecimiento penitenciario, donde tenga la posibilidad de participar en un centro de trabajo, de esta forma, si incurrió en responsabilidad civil derivada de un delito, puede ir pagando sus cuotas y también se va reintegrando a la sociedad.